Llevamos varios años en los que el tribunal constitucional ha estado delimitando y refinando la inconstitucionalidad del impuesto de plusvalía según las circunstancias en la venta del inmueble. Una nueva sentencia conocida este mes pone en relieve esta realidad.

Ya se había declarado que era inconstitucional el pasar este tributo si la venta se ejecutaba en perdidas, pero la nueva sentencia amplia estas circunstancias y añade que también se anula si se obtiene un beneficio por la venta del inmueble, es decir, no se ha vendido en perdidas, pero la cuantía de esta plusvalía es mayor que el beneficio real obtenido por la venta.

Añadir comentarios

Login

Register

Cuenta de acceso

6 or more characters, letters and numbers. Must contain at least one number.

Invaild email address.

0

Tu compra