La obligatoriedad de disponer de certificado energético en España para vender o alquilar inmuebles data de hace 6 años, del día 1 de Julio de 2013 y surge desde la Unión Europea.

Es obligatorio no solo tenerlo en el momento de la firma de la operación – en caso de no disponer de él directamente no se va a poder acudir a escrituras – sino también para poder promocionar y anunciar el inmueble.

El certificado energético da información estimada de las emisiones de dióxido de carbono y consumo energético del inmueble y/o edificio. Para ello se realizan unos cálculos de forma aproximada teniendo en cuenta diversos aspectos inherentes a las características del edificio, como puede ser su tipo de calefacción, su orientación y su ubicación, entre otros. También incluye una propuesta para mejorar la eficiencia energética obtenida.

Entre los perfiles que pueden realizar certificados energéticos destacan los arquitectos, arquitectos técnicos y aparejadores.

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